El Xeomeen es una toxina que se sintetiza a partir de una bacteria de la familia de los clostridium. El Xeomeen es una toxina del tipo A, una de las siete cepas obtenidas de la bacteria denominadas neurotoxinas botulínicas y utilizadas desde los últimos años ochenta como herramientas eficaces de la medicina estética.
El Xeomeen opera en la corrección de las arrugas y surcos no deseables del rostro. El Xeomeen genera un efecto paralizador en los músculos en los que se inyecta, provocando en los músculos asociados y contrarios un efecto alisador de las marcas faciales, las desagradables arrugas.
El Xeomeen aprovecha un efecto natural en los músculos de la cara, que aprovecha los efectos de sus alargamientos y contracciones en favor de la mejora estética que propone. El Xeomeen borra litreralmente las arrugas de la cara y generan un efecto natural que supera al archiconocido y popular Bótox.
El Xeomeen queda como una buena solución para las arrugas de las patas de gallo, para las de la parte superior de los labios que son muy comunes en los fumadores, las de la frente y en muchos casos también las que aparecen en el cuello.
El Xeomeen no es como el Bótox, la cara no queda fosilizada, el rostro no deja ese aspecto indeseable de semblante asustado, si se sabe aplicar de forma apropiada, por supuesto.
El efecto de las aplicaciones dura alrededor de seis meses, aunque es cierto que hay pacientes que requieren retoques al cabo de cuatro meses.
Y si existe dudas sobre si se trata de una propuesta médica dolorosa, hay que decir que el tiempo de aplicación de cada dosis no se prolonga más allá de los diez minutos y que el paciente, con una sensibilidad normal, sólo percibe un simple picor intenso que desaparece al cabo de poco tiempo.
Me parace muy importante difundir esta información, esta modificación en la ley ayuda a combatir las prácticas irrgulares de la Cirugía Plástica en México. Atte.
DECRETO por el que se reforman los artículos 81, 83, 271 y se adiciona el artículo 272 Bis, 272 Bis 1, 272 Bis 2, 272 Bis 3 de la Ley General de Salud.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 81, 83, 271 Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 272 BIS, 272 BIS 1, 272 BIS 2, 272 BIS 3 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA QUEDAR COMO SIGUE:
Artículo 81.- La emisión de los diplomas de especialidades médicas corresponde a las instituciones de educación superior y de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.
Para la realización de los procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad se requiere que el especialista haya sido entrenado para la realización de los mismos en instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.
El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas tendrá la naturaleza de organismo auxiliar de la Administración Pública Federal a efecto de supervisar el entrenamiento, habilidades, destrezas y calificación de la pericia que se requiere para la certificación y recertificación de la misma en las diferentes especialidades de la medicina reconocidas por el Comité y en las instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.
Los Consejos de Especialidades Médicas que tengan la declaratoria de idoneidad y que estén reconocidos por el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, constituido por la Academia Nacional de Medicina de México, la Academia Mexicana de Cirugía y los Consejos de Especialidad miembros, están facultados para expedir certificados de su respectiva especialidad médica.
Para la expedición de la cédula de médico especialista las autoridades educativas competentes solicitarán la opinión del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas.
Artículo 83.- Quienes ejerzan las actividades profesionales, técnicas y auxiliares y las especialidades médicas, deberán poner a la vista del público un anuncio que indique la institución que les expidió el Título, Diploma, número de su correspondiente cédula profesional y, en su caso, el Certificado de Especialidad vigente. Iguales menciones deberán consignarse en los documentos y papelería que utilicen en el ejercicio de tales actividades y en la publicidad que realicen al respecto.
Artículo 271.- Los productos para adelgazar o engrosar partes del cuerpo o variar las proporciones del mismo; así como aquellos destinados a los fines a que se refiere el artículo 269 de esta Ley; que contengan hormonas, vitaminas y, en general, substancias con acción terapéutica que se les atribuya esta acción, serán considerados medicamentos y deberán sujetarse a lo previsto en el Capítulo IV de este Título.
CAPÍTULO IX BIS
Ejercicio especializado de la Cirugía
Artículo 272 Bis.- Para la realización de cualquier procedimiento médico quirúrgico de especialidad, los profesionales que lo ejerzan requieren de:
I. Cédula de especialista legalmente expedida por las autoridades educativas competentes.
II. Certificado vigente de especialista que acredite capacidad y experiencia en la práctica de los procedimientos y técnicas correspondientes en la materia, de acuerdo a la Lex Artis Ad Hoc de cada especialidad, expedido por el Consejo de la especialidad según corresponda, de conformidad con el artículo 81 de la presente Ley.
Los médicos especialistas podrán pertenecer a una agrupación médica, cuyas bases de organización y funcionamiento estarán a cargo de las asociaciones, sociedades, colegios o federaciones de profesionales de su especialidad; agrupaciones que se encargan de garantizar el profesionalismo y ética de los expertos en esta práctica de la medicina.
El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas y los Consejos de Especialidades Médicas para la aplicación del presente artículo y lo dispuesto en el Título Cuarto de la presente Ley, se sujetarán a las disposiciones que emita la Secretaría de Salud.
Artículo 272 Bis 1.- La cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la saludespecializados en dichas materias, de conformidad con lo que establece el artículo 272 Bis.
Artículo 272 Bis 2.- La oferta de los servicios que se haga a través de medios informativos, ya sean impresos, electrónicos u otros, por profesionistas que ejerzan cirugía plástica, estética o reconstructiva; así como, los establecimientos o unidades médicas en que se practiquen dichas cirugías, deberán prever y contener con claridad en su publicidad los requisitos que se mencionan en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y en lo previsto en el Capítulo Único del Título XIII de esta Ley.
Artículo 272 Bis 3.- Las sociedades, asociaciones, colegios o federaciones de profesionistas pondrán a disposición de la Secretaría de Salud, un directorio electrónico, con acceso al público que contenga los nombres, datos de los profesionistas que lleven a cabo procedimientos médico-quirúrgicos y certificado deespecialización vigente, además de proporcionar el nombre y datos de la Institución y/o Instituciones educativas, que avalen su ejercicio profesional.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Secretaría de Salud contará con un plazo no mayor a 120 días contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para emitir las disposiciones a que se refiere el artículo 272 Bis de la presente Ley.
México, D.F., a 29 de abril de 2011.- Dip. Jorge Carlos Ramirez Marin, Presidente.- Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente.- Dip. Maria Guadalupe Garcia Almanza, Secretaria.- Sen. Renán Cleominio Zoreda Novelo, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a treinta de agosto de dos mil once.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Francisco Blake Mora.- Rúbrica.
La cirugía de aumento de mamas con implante de silicona es una de los procedimientos estéticos que se realiza con mayor frecuencia en nuestro medio y a nivel mundial.
En la actualidad, los cambios culturales y sociales, permite que la mujer incorpore dentro de sus prioridades personales su estado de apariencia fisica, como parte de mejora de su autoestima y realización personal; con el objetivo de sentirse bien con ella misma, independientemente de la apreciación externa.
El lucir senos bellos, firmes y atractivos es el deseo de la mujer actual, cualquiera que sea su condición social y económica. Los senos realzan y estilizan la figura corporal femenina.
Las imágenes fotográficas que presentamos tienen el propósito de graficar con fotos la evolución en el tiempo de la posición de los implantes de mamas.
En el 90% de pacientes que intervenimos por aumento de mamas con implantes de silicona ubicamos el implante en la zona retromuscular, por detrás del músculo pectoral mayor. Esta ubicación tiene sus ventajas:
1.- Al palpar la mama se percibe el mismo tejido mamario, más no el implante por estar ubicado en una posición posterior.
2.- A la visión, la apariencia de la mama es más natural.
3.- El implante retromuscular no interfiere con los resultados de las ecografías o mamografias que las mujeres deben realizarse una vez al año con implante o sin él.
4.- No hay interferencia con el propio tejido mamario durante la lactancia materna.
Al ubicar los implantes en la región retromuscular el músculo pectoral se contrae como respuesta al proceso inflamatorio quirúrgico. Esta contracción desplaza a los implantes hacia arriba, es por ello, que en el postoperatorio mediato se aprecian los implantes en una posición alta.
A medida que ocurre el proceso de desinflamación el músculo se empieza a relajar y el implante se posiciona en el espacio previsto. La duración de este proceso es variado, puede ser entre 6 a 12 meses, pero es un proceso continuo.
Por este motivo es que, en el postoperatorio inmediato recomendamos usar la faja para mamas y una banda con el propósito de contrarrestar la contractura muscular y por ende el desplazamiento del implante.
Es bueno recordar que los resultados definitivos de los procedimientos quirúrgicos de Cirugía Plástica se aprecian a partir del sexto mes, siendo un proceso paulatino y progresivo.
Las imágenes que presentamos corresponden al seguimiento fotográfico de una paciente intervenida. Se aprecia la foto antes de la cirugía, a los 3 meses, donde se observa los implantes altos y los senos indurados, posteriormente en la última foto, a los 12 meses después de la cirugía, se aprecia unas mamas más naturales donde el implante se posiciona de forma adecuada.
Es por todos conocido el auge que ha tenido la Cirugía Plástica en estos últimos años; las actividades sociales, laborales, es decir, nuestras relaciones, exigen en lo posible que la capacidad intelectual vaya acompañada de un rostro o una figura fresca, lozana, reluciente para poder competir en el mundo actual.
No existen secretos en la especialidad de la Cirugía Plástica, las técnicas clásicas y más actuales están al alcance de todos, la diferencia está en el criterio, juicio estético y concepto de belleza que cada cirujano posee y en aplicar una u otra técnica en virtud de cada persona.
Para la mayoría de los cirujanos la intervención es como un plano acabado, todo está allí realmente claro, cada gesto llega en su momento, mesurado y exacto, conocedores del objetivo final; la prudencia va unida a una fría audacia que cuenta siempre con la seguridad. Hay cirujanos constantemente afortunados... se dice que tienen suerte, esa suerte no es más que el efecto de una indicación bien planteada.
El humanismo, base moral de la medicina y cirugía, nos obliga a conocer nuestros límites y a no sobrepasarlos; un “no” reflexivo no es nunca una humillación. Es preciso que la cirugía conserve la preocupación de lo humano y que el cirujano siga siendo el servidor comprensivo y respetuoso del paciente.
Sin embargo hay médicos sin escrúpulos, con fines lucrativos, con montajes publicitarios en su mayoría falsos, que desdicen de la ética profesional, que ofrecen en muchos casos resultados sin tener capacidad suficiente o experiencia necesaria y aún siendo de otras especialidades realizan cirugías estéticas. Lamentablemente, los pacientes son engañados cayendo en manos de este tipo de profesionales, con los consiguientes problemas posteriores que ésto acarrea y complicaciones que no tienen capacidad de resolver.
El embellecimiento facial y corporal no pueden ser entregados a cualquiera, la persona que lo solicita debe saber y estar en pleno conocimiento de todo lo que se le va a realizar; del sitio donde se realiza el procedimiento, que debe ser adecuado y con todos los elementos técnicos disponibles para utilizarse ante una eventual necesidad.
Debe ser conocedor de sus posibles complicaciones y el cirujano debe estar capacitado para actuar y resolver cualquier imprevisto en el caso de que pueda presentarse, y no solamente en lo referente a la cirugía estética. Es de dominio público los casos que suceden no solo en nuestro medio sino en el mundo en general y que no han tenido un final feliz.
Hay que pensar que nuestras decisiones pueden tener consecuencias, así que los cirujanos plásticos estamos obligados a poseer conocimiento actualizado y a buscar siempre el mejor resultado para nuestros pacientes.
Sólo cuidando estos aspectos y gozando de la confianza de nuestro paciente al final tendremos un amigo y paciente agradecido y un cirujano que ha sabido cumplir con su papel como médico y su papel ante la sociedad.
Una cirugía plástica cuesta, si usted encuentra un “médico” que le ofrece buenos resultados por poco dinero, probablemente esté frente a un charlatán.
Si está considerando cambiar su apariencia o corregir algún defectito, debe saber que la formación de un cirujano plástico exige mucho esfuerzo y sacrificio, pues además de cursar la carrera de Medicina, debe dedicar de 3 a 4 años a la especialidad de Cirugía General y otros tres años dedicado exclusivamente a la cirugía plástica. Cuando el aspirante a cirujano plástico termina toda esta preparación, debe presentar un examen ante el Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, en donde tendrá que demostrar que es capaz de llevar a cabo los procedimientos de manera correcta.
En México, hay médicos con otras especialidades que se arriesgan a realizar cirugía estética, sólo porque alguna vez vieron cómo se hacía o porque tomaron un curso.
En el peor de los casos, ni siquiera estudiaron Medicina.
Los costos de los insumos para una cirugía plástica para que brinden un resultado duradero y seguro deben de ser de excelente calidad lo que también incrementa los costos (implantes, fajas, etc).
Myriam Yukie Gaona Padilla o Gaona Robles “La Matabellas”, realizó cirugías estéticas a cerca de 1,500 mujeres en Guadalajara.
Con la esperanza de conseguir un físico atractivo, mujeres de todas las edades acudían al consultorio de la charlatana que ofrecía bajar de peso y medidas, desvanecimiento de arrugas, aumento de senos, glúteos y piernas, por una baja cantidad de dinero y sin efectos colaterales.
¨La Matabellas¨
Muchas de las defraudadas, inyectadas con silicón y aceite de bebé, debieron perder sus senos para salvar su vida.
En 1999, cuando se entabló la primera denuncia en su contra, “La Matabellas” cobraba 90 pesos por inyección para aumentar el volumen de los senos; en ese entonces, la cirugía con un profesional costaba 25 mil pesos.
¨Valantina de Albornoz¨
Valentina de Albornoz, la mujer que aplicaba productos no autorizados y por poco provoca la muerte de la cantante Alejandra Guzmán, puso al descubierto el servicio irregular que ofrecen innumerables estéticas o clínicas de belleza.
No hay estadísticas sobre la gravedad que representa la charlatanería en cirugía estética, pero miembros de la Asociación Méxicana de Cirugía Plástica AMCPER coincide en en que el número de personas que acuden a buscar ayuda profesional después de la inyección de sustancias o tratamiento quirúrgico efectuado por alguien sin preparación, ha ido en aumento.
Un buen cirujano plástico, debe resolver cualquier duda sobre los procedimientos, explicar los riesgos y sobre todo, no ceder ante los caprichos de pacientes obstinados en cambiar su físico inconscientemente.
Para mayor información al respecto, consulta nuestra web.
ALERTA SANITARIA IMPLANTES MAMARIOS NOTICIA IMPORTANTE: TU SEGURIDAD NO TIENE PRECIO
Por utilizar un gel ‘pirata’ para rellenar las protesis mamarias, Francia lanzó a finales de marzo del 2010 una alerta a más de 30,000 mujeres que se colocaron implantes mamarios fabricados por Poly Implantes Prothese (PIP), una marca que era importada también a México.
En una investigación, las autoridades sanitarias de francesas descubrieron que estos implantes se rompen dos veces más rápido y con mayor frecuencia. En Francia, el uso de PIP quedó prohibido y la empresa se encuentra en liquidación judicial.
Con el objetivo de abaratar costos, la empresa compraba el material con el que están recubiertas las prótesis en China, según fuentes de la investigación. Sólo hay dos empresas habilitadas para fabricar silicona con fines médicos y ambas son norteamericanas.
Se recomienda a las personas portadoras de prótesis mamarias comprobar, a través de la tarjeta de implantación o el informe clínico que recibieron en el momento de la intervención, si sus prótesis corresponden a las prótesis Poly Implant (PIP). "Si este fuera el caso, o si tuviera dudas, convendría solicitar cita en el centro en el que se practicó la intervención o con el cirujano correspondiente para planificar un seguimiento correcto".
Se recomienda a las usuarias de estos implantes consultar a un cirujano plástico y reforzar el seguimiento médico "mediante ecosonogramas anuales con el fin de comprobar el estado de la prótesis".
Como las prótesis se exportaban a Estados Unidos, Europa y Latinoamérica, la Agencia Francesa de Seguridad Sanitaria de los Productos de Salud (Afssaps) extendió el alerta, México incluido. En el mercado de Francia y España ya están retiradas, en México no se ha emitido ninguna alerta o noticia por parte de la Secretaria de Salud, sin embargo desde agosto del 2010 han quedado fuera del mercado mexicano debido al cierre de la matriz internacional.
"Las PIP son de las más baratas y de menor calidad. Cuestan menos de 500 dólares: Mucho menos de la mitad de las prótesis de buena calidad".
Las mujeres que las tienen colocadas pueden tener una “rotura intracapsular” y aunque no es grave, deben ser extraídas. Si la ruptura es extracapsular, el gel entra en contacto con la glándula mamaria y puede producir una reacción llamada siliconoma, produciendo unos tumores inflamatorios.
NO SE EXPONGA, PAGAR MENOS EN CIRUGÍA MAMARIA SOLO SIGNIFICA QUE SE ESTÁN UTILIZANDO PRÓTESIS DE BAJA CALIDAD.
El Dr. Joel Michel en su práctica SOLAMENTE utiliza lo mejor en implantes mamarios con marcas lideres a nivel mundial por su calidad y tecnología de vanguardia. ÚNICOS aprobados por cumplir con la exigente normativa de la FDA para su utilización en Estados Unidos, la comunidad europea CE y la secretaria de salud en méxico SSA.
Mentor y McGhan/CUI le brindan un certificado con garantía por escrito de por vida, cuide su cuerpo! siempre verifique que se estén utilizando implantes de calidad.
Nosotros le aseguramos resultados de alta calidad y satisfacción.